Introducción
El 17 diciembre 1992, los gobiernos de México, Estados Unidos y Canadá firmaron el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, TLCAN, mismo que entró en vigor el 01 enero 1994 con la finalidad de REAFIRMAR los lazos especiales de amistad y cooperación entre sus naciones, CONTRIBUIR al desarrollo armónico, a la expansión del comercio mundial y a ampliar la cooperación internacional, CREAR un mercado más extenso y seguro para los bienes y los servicios producidos en sus territorios, ESTABLECER reglas claras y de beneficio mutuo para su intercambio comercial, DESARROLLAR sus respectivos derechos y obligaciones derivados del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, FORTALECER la competitividad de sus empresas en los mercados mundiales, ALENTAR la innovación y la creatividad y fomentar el comercio de bienes y servicios que estén protegidos por derechos de propiedad intelectual, CREAR nuevas oportunidades de empleo, mejorar las condiciones laborales y los niveles de vida en sus respectivos territorios, PROMOVER el desarrollo sostenible, entre otras cosas.
México ya contaba con comercio exterior, pero era demasiado complicado y con muchas restricciones para poder importar o exportar mercancías, sin embargo, al formar parte de este tratado, México abrió sus puertas al comercio internacional, por primera vez, estableciendo un libre comercio con los países de Estados Unidos y Canadá; obligando a sus productores nacionales a no solo enfocarse en el mercado nacional, sino que su enfoque debía de ir más allá de su entorno, por consecuencia, los productores se veían en la necesidad de mejorar la calidad de sus productos o servicios, hacer más eficaces sus procesos de producción, reducir sus costos, etc.; para poder ser competitivos con las empresas internacionales que ingresarían al país.
La entrada en vigor del TLCAN fue un fuerte impacto para el país, porque ahora la población podía conseguir más y mejores mercancías a un costo menor por parte de las empresas provenientes del extranjero, sin embargo, la llegada de empresas extranjeras demostró que los productores nacionales se encontraban considerablemente rezagados en la eficacia de sus procesos de producción, contaban con costos elevados, su calidad en los productos que ofrecían, si bien en diversos productos podía ser similar, los costos eran menores en los productos que ofrecían las empresas extranjeras.
El artículo 303 del TLCAN, ahora 2.5 de T-MEC, habla de las Restricciones a la devolución de aranceles aduaneros sobre productos exportados y a los programas de diferimiento de aranceles aduaneros, señala que la importación de mercancía no originaria que cuenten con un arancel al territorio de la parte exportadora y que dicha mercancía forme parte de un producto que se importará a otras de las partes, el arancel pagado de la mercancía no originaria no podrá ser objeto de devolución, debido a que la mercancía forma parte de un producto terminado exportado a cualquiera de las otras dos partes, Estados Unidos o Canadá.
Por consecuencia, México, considerando lo antes mencionado y que existe la necesidad de mantener la competitividad del aparato productivo nacional en los mercados internacionales y la competitividad comercial en el exterior, actualizar los instrumentos para fomentar la integración de cadenas productivas eficientes; la planta productiva nacional ha llevado a cabo grandes esfuerzos de desarrollo y modernización para competir en los mercados mundiales, así como en un mercado nacional abierto a la competencia; que el TLCAN prevé que para el 1 de enero de 2003, la gran mayoría de los productos originarios de América del Norte podrán importarse al país libre de arancel, lo cual presenta retos adicionales de competitividad para la planta productiva nacional, etc., el 02 de agosto de 2002 se expidió el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial, Decreto PROSEC, con el fin de mantener condiciones competitivas de abasto de insumos y maquinaria para la industria productiva nacional, y proporcionar a la planta productiva de este país, los mejores medios para competir en los mercados internacionales, así como en el mercado interno.
Así mismo, el programa PROSEC se complementa con la Regla Octava que permite que, a la importación de mercancías, además de realizar la importación con la tarifa preferencial que brinda el programa PROSEC, en complementación con la Regla Octava, se puede eliminar dicho arancel. En el transcurso del texto se desarrollará los requisitos del programa PROSEC, las obligaciones que con ello conlleva, el funcionamiento de la Regla Octava y sus supuestos de aplicación, etc.